COMUNICADO
SECRETARIA TECNICA DE LA COMISION DE LICENCIA DE SEDE DE EMPRESAS MULTINACIONALES
La Secretaría Técnica de la Comisión de Licencia de Sede de Empresa
Multinacionales informa que debido a los constantes retrasos en la
presentación de los informes anuales (establecido en el artículo 5 de la Ley 41
de 24 de agosto 2007) por parte de las empresas con licencia SEM, procederá
a partir del mes de julio de 2016, a imponer la sanción que establece el artículo
47, numeral 2, literal a) del Decreto Ejecutivo 28 de 27 de marzo de 2009, el
cual corresponde a una multa que oscila entre cinco mil balboas
(B/.5,000.00) a cincuenta mil balboas (B/.50,000.00).
Mediante el presente comunicado queremos reiterar la importancia del
cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que corresponden a una
empresa SEM, de conformidad con lo establecido en la Ley 41 de 24 de agosto
de 2007, modificada por la Ley 45 de 10 de agosto de 2012.
Comunicado SEM Informe Anual
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Informe Anual:
De conformidad con el Artículo 5 de la Ley No. 41 de 24 de agosto de 2007, las empresas que se establezcan como SEM tendrán que presentar a la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales, un informe anual que contenga estadísticas concernientes a sus operaciones.
Artículo 21 del Decreto Ejecutivo 28 de 2009 indica que una vez al año, las SEM deberán presentar, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes donde les fue otorgada la licencia. El primer informe se presentará transcurrido el primer año de operaciones de la empresa SEM.
Formulario Informe LS-RG-010
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